¿Cuáles son las nuevas reglas de asilo y deportación en EE.UU.?

Los nuevos procedimientos emitidos por el Departamento de Seguridad Nacional para las solicitudes de asilo en Estados Unidos representan un cambio importante en la forma en que se manejan los casos de personas que llegan al país huyendo de la violencia o de amenazas políticas.

Los cambios proponen simplificar el proceso de “miedo creíble”, de dos procedimientos a uno solo delante de un juez que determinará la veracidad de las solicitudes, para casos de retención de deportación o protección bajo la Convención para la Tortura.

¿Cuáles son esos cambios?

El principal cambio es la eliminación de una audiencia de asilo para exponer su caso para muchos solicitantes.

Regularmente, la primera entrevista de “miedo creíble” se hace en los puertos de entrada a Estados Unidos en los aeropuertos por agentes de inmigración. Si el solicitante pasa esa entrevista, deberá comparecer ante un juez, quien escuchará su reclamación y emitirá un fallo.

La nueva propuesta elimina algunas de las causales en la primera entrevista y determina un proceso de asilo más rápido ante el juez de inmigración, quien tendrá normativas más específicas para decidir.

¿Cómo cambia el proceso?

En esencia, en la primera entrevista al entrar al país, los agentes de inmigración pueden determinar si el solicitante tiene o no derecho a una audiencia ante un juez.

Según los expertos, la propuesta elimina ciertas condiciones para solicitar asilo, como persecuciones de género que resultan en abusos producto de las condiciones sociales o religiosas, las personas que han sido declaradas como criminales por sistemas legales corruptos en sus países y civiles que huyen del fuego cruzado de grupos armados.

Por otra parte, el juez tendrá facultad para negar la audiencia a un solicitante si considera que su reclamación no es meritoria.

¿Hay más cambios?

El Departamento de Justicia incluyó en la propuesta aclarar cuando una aplicación es “frívola”.

Esclarecer las normas para la adjudicación de solicitudes de asilo y retención, incluidas las enmiendas a las definiciones de los términos “grupo social particular”, “opinión política”, “persecución” y “reasentamiento firme”.

La nueva regulación, según la propuesta, permitiría a los distintos departamentos “separar de manera más efectiva los reclamos infundados de los meritorios”.

¿Ya está en vigor la nueva regulación?

Según dijo a la Voz de América la abogada de inmigración Martha Arias, en este momento se trata de una propuesta que a estar disponible para comentarios. Apenas los comentarios se terminen, el gobierno vuelve a revisarla, redacta la versión final y la aprueba.

Arias explicó que en su experiencia, cuando tipo de regulación se presenta para comentarios y después se revisa, es aprobada la mayoría de las veces.

(Contribuyeron a este artículo los periodistas Waldo Serrano y José Pernalete de la VOA)

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